Sancionan a la Concesión BTS por no implementar pago de peajes de forma eléctronica

La Superintendencia de Tránsito y Transporte de Colombia -Supertransporte- sancionó a 6 concesionarias que administran diferentes vías del país porque estas no han implementado el cobro de sus tarifas mediante un dispositivo electrónico en cada una de las casetas de cobro o peajes que están sobre las carreteras.

Dentro de la sanción se menciona a la ‘BTS Concesionario S.A.S.’, encargada de administrar la vía Briceño – Tunja – Sogamoso, entre Cundinamarca y Boyacá; porque esta, al igual que las otras cinco concesionarias, no dio cumplimiento al Sistema de Interoperabilidad de Peajes con Recaudo Electrónico Vehicular (IP/REV), procedimiento que debieron atender acatando lo dispuesto por las Resoluciones 35125 y 51695 del 11 de agosto y el 29 de octubre de 2021, documentos difundidos por el Ministerio de Transporte.

“Estas concesiones viales obtuvieron una sanción en primera instancia; la Superintendencia tomó esta decisión con el fin de garantizar que todos los usuarios que transitan por esos peajes tengan la posibilidad de usar el peaje electrónico, para ahorrar tiempo, mejorar las condiciones del vehículo, y emitir menos componentes contaminantes”, puntualizó Ayda Lucy Ospina Arias, superintendente de transporte del país.

Las otras concesiones mencionadas en el documento sancionatorio son: Autopistas de la Sabana S.A., Concesión Vial de Cartagena S.A., Concesión Montes de María S.A.S., Concesión Vial del Pacífico S.A.S. y la Unión Vial Río Pamplonita S.A.S.; en total las seis tendrían que pagar una multa superior a los $152.000 millones.

Para Ospina Arias esta medida busca que la tecnología permita un mejoramiento continuo del servicio que se presta en las carreteras nacionales, toda vez que la aplicación del Sistema de Interoperabilidad de Peajes con Recaudo Electrónico Vehicular (IP/REV) le permite a cada usuario ser más eficiente y sostenible cuando se dispongan a usar las vías del país.

Contra la sanción interpuesta por la Superintendencia aplican podrán interponer un recurso de reposición, y en subsidio de este, un recurso de apelación, mecanismos que podrán ser usados por las Concesionarias. (Fin – Jader Silvera – UACP – URT)

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