Interponer un incidente por desacato es la medida analizada por la personería de Duitama ante el incumplimiento del fallo proferido por el Juzgado Segundo Administrativo Oral de Duitama y que ratificó el Tribunal Administrativo de Boyacá, que obliga al municipio, a Culturama y a la Harinera del Valle S.A.S, a la restauración del Molino Tundama, teniendo en cuenta que este fue declarado como bien de interés cultural en el orden departamental y que ya se cumplió el término judicial para tal fin y el inmueble aún se encuentra en estado de abandono.
Zamir Hernán Silva personero de Duitama indicó que se adelantó una visita al sitio, donde se verificó las condiciones en las que se encuentra el inmueble. “El Tribunal Administrativo de Boyacá impone, al municipio, a Culturama y a un tercero que se implementen medidas, con el ánimo de que se intervenga y
restaure el Molino Tundama y al vez se elabore un Plan Especial de Manejo y protección de este bien, sin embargo esto no se ha hecho por lo que se está estudiando esta posibilidad, ya que consideramos que es una responsabilidad de la administración resguardar el patrimonio tanto tangible como intangible de Duitama” Indicó
A su vez la alcaldesa Constanza Ramírez Acevedo manifestó que actualmente el municipio cuenta con el PEM (Plan Especial de Manejo) debidamente aprobado, además de una declaratoria como Bien de Interés de Patrimonio Departamental y se están tramitando ante el Ministerio de Cultura la declaratoria como Bien de Interés Público Nacional.
Indicó que, de la visita realizada, el Gerente de Culturama Jaime Becerra, se comprometió a realizar una limpieza a la parte del bien que es propiedad del Municipio y a solicitar al Gobierno Departamental y al Ministerio de Cultura recursos, con efecto de realizar diseños para la restauración del inmueble que se estima podría estar cercano a los nueve mil millones de pesos ($9.000.000.000).
Recordemos que el Molino Tundama fue construido en 1911 y fue declarado como un patrimonio de interés histórico y cultural a través del acuerdo municipal 03 de 1993. (Fin – Viviana Gómez – UACP – URT)