A través de la Empresa Departamental de Servicios Públicos de Boyacá (ESPB), el gobierno Boyacá Grande, hace un llamado a los boyacenses a realizar un uso racional del agua.
Robinson Larrotta, director de la ESPB, recordó que el Gobierno nacional, emitió una reciente resolución con la que se busca evitar el desperdicio del agua e incentivar el ahorro de la misma.
El titular de la sectorial informó que la normatividad emitida por la Comisión de Regulación de Agua Potable CRA establece un cobro adicional a partir de febrero para los usuarios que realicen un gasto excesivo de agua y superen los consumos promedio.
“Debemos comprometernos con el cuidado y conservación de nuestros recursos naturales. Afrontamos una fuerte temporada de sequía y todas las acciones que emprendamos en nuestros hogares y sitios de trabajo suman en pro de reducir el consumo de agua potable”, manifestó Larrotta.
A través de un comunicado de prensa se indicó. “La CRA está facultada para determinar los niveles de consumo excesivo de agua; en tal sentido, si aquel usuario excede estos límites establecidos para cada piso térmico, verá incrementada su factura por concepto del servicio de acueducto con el valor correspondiente a esta medida”.
Así las cosas, cada metro cúbico adicional va a costar más. Para tal fin, cada empresa tomará como base el consumo promedio histórico de cada suscriptor.
Según la Resolución 943 de 2021 emitida por la CRA, los límites de consumo de agua por piso térmico en Colombia son los siguientes:
– Ciudades y municipios con altitud promedio por encima de 2.000 metros sobre el nivel del mar tienen un límite de consumo de agua de 22 metros cúbicos por suscriptor cada mes.
– Ciudades y municipios con altitud promedio entre 1.000 y 2.000 metros sobre el nivel del mar registran un nivel de consumo de 26 metros cúbicos por suscriptor al mes.
– Para las ciudades y municipios con altitud promedio por debajo de 1.000 metros sobre el nivel del mar el límite de consumo de agua es de 32 metros cúbicos mensuales por suscriptor.
La medida exceptúa hogares comunitarios de bienestar y sustitutos, inquilinatos y usuarios de áreas comunes de los inmuebles residenciales bajo el régimen de propiedad horizontal.
De acuerdo con lo estipulado, los habitantes de ciudades como Tunja, Paipa, Duitama, Sogamoso y Chiquinquirá no podrán exceder los 22 metros cúbicos de consumo de agua.