Consejo de Estado autoriza continuar con la intervención a EPS Sanitas

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió negar una solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos de la resolución expedida por la Superintendencia Nacional de Salud, en la cual se ordenó la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios, así como la intervención forzosa administrativa para administrar de la EPS Sanitas S.A.S.

Luego de analizar el marco jurídico para establecer si la decisión de la Superintendencia pudo haber vulnerado alguna norma, la Sala se mantuvo en que la Supersalud, dadas sus funciones de inspección, vigilancia y control, tiene
la función para la toma de esas medidas.

La decisión del Alto Tribunal se dio luego de un primer análisis a una petición elevada por el Partido Cambio Radical con la cual se pretendía declarar la suspensión de la resolución que ordenó la intervención a la EPS Sanitas por parte
de la Supersalud a comienzos de abril del presente año.

Igualmente, la Sala de lo Contencioso Administrativo desestimó uno a uno los argumentos por presunta falsa motivación; falta de motivación, violación del debido proceso, y afectación al derecho de contradicción; desviación de poder; vulneración del principio de confianza legítima; vulneración al principio de proporcionalidad y extralimitación de la discrecionalidad; vulneración al principio de culpabilidad; vulneración del plazo razonable, y afectación al orden económico y social, que motivaron la demanda por parte de dicho partido político.

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